Fecha de Publicación: 17/08/2000
Página: 287-A
Carilla: 9

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 5

 Producto es cualquier bien corporal o incorporal, mueble o inmueble.
Servicio es cualquier actividad remunerada, suministrada en el mercado de
consumo, con excepción de las que resultan de las relaciones laborales.

                               CAPITULO II

                     DERECHOS BASICOS DEL CONSUMIDOR
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