Fecha de Publicación: 06/07/2000
Página: 21-A
Carilla: 7

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 14/07/2000.

Artículo 51

 A tales fines la Comisión tendrá las siguientes atribuciones:

  A) Solicitar del Poder Ejecutivo y de las Intendencias Municipales la
     información pertinente en materia de recursos como de ejecución de
     inversiones y gastos en los diferentes departamentos.

  B) Solicitar a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto el apoyo humano
     y logístico para el cumplimiento de sus funciones.

  C) Formar subcomisiones de trabajo temáticas o geográficas a efectos de
     preparar los planes de descentralización y desarrollo regional o
     local.
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