Fecha de Publicación: 06/07/2000
Página: 21-A
Carilla: 7

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 14/07/2000.

Artículo 46

 Modifícase el artículo 132 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996,
el que quedará redactado de la siguiente forma:

  "ARTICULO 132.- A partir de la vigencia de la presente ley no podrá
  autorizarse el pase en comisión a otras dependencias u organismos
  públicos de los integrantes del Escalafón Policial, excepto aquellos que
  impliquen el cumplimiento de un servicio de seguridad a juicio del
  Ministerio del Interior".

                               CAPITULO IX

                            DESCENTRALIZACION
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