Fecha de Publicación: 30/09/1999
Página: 646-A
Carilla: 8

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Ley 17.188

Díctanse normas relativas a establecimientos comerciales de grandes
superficies destinados a la venta de artículos alimenticios y de uso
doméstico.
(1.919*R)

                            PODER LEGISLATIVO

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,

                                 DECRETAN

Artículo 1

 La presente ley rige para los establecimientos comerciales de grandes
superficies destinados a la venta de artículos alimenticios y de uso
doméstico.

SANGUINETTI, JUAN ALBERTO MOREIRA, GUILLERMO STIRLING.


Recibido por D. O. el 27 de Setiembre de 1999
Ayuda