Fecha de Publicación: 20/01/1998
Página: 602-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 13

(Uniformidad de procedimientos).- Los procedimientos administrativos
previstos en el artículo anterior serán, asimismo, aplicables a los
beneficios que se otorguen en el marco de los Decretos-Leyes Nº 14.178,
de 28 de marzo de 1974, y Nº 14.335, de 23 de diciembre de 1974, y sus
normas modificativas y complementarias. A tales efectos, facúltase al
Poder Ejecutivo a modificar los cometidos y funciones o a suprimir las
Comisiones asesoras creadas en virtud de las referidas disposiciones.
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