Fecha de Publicación: 07/10/1996
Página: 16-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 11

   (Responsabilidades).- La sociedad administradora, sus representantes,
directores, gerentes, administradores, síndicos y fiscales serán
solidariamente responsables por los perjuicios que pudieran ocasionarse a
los cuotapartistas por incumplimiento de las normas jurídicas pertinentes
y del reglamento del Fondo.
   Para el ejercicio de los cargos mencionados anteriormente así como
para revestir la calidad de accionista, regirán las inhabilitaciones
previstas en el artículo 23 del decreto - ley Nº 15.322, de 17 de
setiembre de 1982, en la redacción dada por el artículo 2º de la Ley Nº
16.327, de 11 de noviembre de 1992.
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