Fecha de Publicación: 12/01/1996
Página: 774-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 565

Fíjanse las siguientes asignaciones presupuestales:

   RUBRO 0, "Retribución de Servicios Personales", $ 1.271:170.000 (pesos
un mil doscientos setenta y un millones ciento setenta mil).

   RUBRO 7, "Transferencias a Unidades Familiares, Beneficios Sociales",
$ 98:652.000 (pesos noventa y ocho millones seiscientos cincuenta y dos
mil).

   RUBRO 9, "Asignaciones Globales", $ 178:789.000 (pesos ciento setenta
y ocho millones setecientos ochenta y nueve mil).

INVERSIONES, $ 78:680.000 (pesos setenta y ocho millones seiscientos
ochenta mil).
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