Fecha de Publicación: 12/01/1996
Página: 774-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 436

Autorízase al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a contratar, en
carácter de pasante, hasta 30 estudiantes de Derecho que tengan aprobado
Derecho Laboral o egresados con una antigüedad no mayor de un año.

   Dichos pasantes cumplirán funciones en el Centro de Conciliación de
Conflictos Individuales de Trabajo, en la División Consultas y en las
Agencias Zonales de Montevideo e interior.

   El plazo de dichas pasantías será de un año, el que podrá prorrogarse
por única vez.

   La Contaduría General de la Nación habilitará la partida
correspondiente, disminuyendo en el mismo importe la partida asignada en
los anexos con cargo al Renglón 0.8.4.301.
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