Fecha de Publicación: 12/01/1996
Página: 774-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 137

Los porcentajes establecidos en el artículo 197 de la Ley Nº 15.809, de 8
de abril de 1986, serán aplicados sobre el total de las retribuciones
correspondientes al cargo de Comisario, Sub-Escalafón de Policía
Ejecutiva.
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