Otórgase un complemento mensual de carácter retributivo para el personal
subalterno que percibe la compensación por Dedicación Integral prevista
en el artículo 77 de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992, de
acuerdo al siguiente detalle:
Sub Oficial Mayor: $ 140
Sargento 1o.: $ 140
Sargento: $ 150
Cabo 1a.: $ 170
Cabo 2a.: $ 120
Soldado 1a.: $ 130
Este beneficio no estará sujeto a montepío.