Fecha de Publicación: 02/05/1995
Página: 120-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 25

Facúltase al Poder Ejecutivo a reducir hasta en seis puntos
porcentuales las tasas de aportes patronales a la seguridad social de la
industria manufacturera.
   El Poder Ejecutivo aumentará el porcentaje afectado por el inciso
final del artículo 14 del Título 10 del Texto Ordenado 1991 a favor del
Banco de Previsión Social a efectos que los ingresos de este último no
resulten afectados por la aplicación de esta disposición.
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