Fecha de Publicación: 24/11/1994
Página: 754-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 3

   Los miembros de la Comisión durarán tres años en sus cargos, pudiendo
ser designados solo por dos períodos consecutivos.
   Percibirán una dieta por asistencia a las sesiones que fijará cada año
el Ministerio de Educación y Cultura y será abonada mensualmente, con
cargo al Fondo.
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