Fecha de Publicación: 18/01/1994
Página: 210-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 25/01/1994.

Artículo 139

 Asígnase una partida anual de $ 17.000 (pesos uruguayos diecisiete
mil), a fin de compensar a los funcionarios que desempeñan tareas de
chofer al servicio directo de los señores Ministros de la Suprema Corte
de Justicia, la que se distribuirá de acuerdo a la reglamentación que
dicte la Suprema Corte de Justicia.
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