El Tribunal de lo Contencioso Administrativo procederá a designar
entre sus actuales funcionarios, a quienes ocuparán los cargos referidos
en el artículo anterior seleccionándolos, por resolución fundada, y
atendiendo a su idoneidad técnica comprobada y experiencia, valoradas en
función de una anterior actuación en labores de esa naturaleza en el
organismo.