Fecha de Publicación: 17/11/1992
Página: 1272-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 328

    Son obligaciones del trabajador:

a) acudir a las entrevistas de orientación laboral que se dispongan, bajo
   apercibimiento de no ser incluido o de ser eliminado de la nómina a que
   se refiere el artículo siguiente;

b) concurrir a las actividades de formación profesional que se determinen.
   El no cumplimiento de esta obligación dará lugar a la pérdida de los
   beneficios otorgados por la presente ley.
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