MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
A partir del 1º de enero de 1992, los aportes patronales correspondientes a las retribuciones que perciben los funcionarios de la Dirección Nacional de Correos, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 232 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, serán de cargo de Rentas Generales.Ayuda