Fecha de Publicación: 17/11/1992
Página: 1272-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 284

   A partir del 1º de enero de 1992, los aportes patronales
correspondientes a las retribuciones que perciben los funcionarios de la
Dirección Nacional de Correos, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo
232 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, serán de cargo de
Rentas Generales.
Ayuda