Fecha de Publicación: 17/11/1992
Página: 1272-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 273

    Los Registros del programa "Inspección y Certificación de Actos y
Contratos" no atenderán al público en el período comprendido entre el 1º
y el 20 de enero inclusive de 1993. Esta circunstancia no suspenderá los
plazos legales de registración ni de caducidad de las inscripciones. Si el
vencimiento del plazo se operare en el período señalado, el mismo se
extenderá hasta el día hábil inmediato siguiente.
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