Fecha de Publicación: 17/11/1992
Página: 1272-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 253

    Sustitúyese el artículo 234 de la Ley Nº 16.226, de 29 de octubre de 1991, por el siguiente:

   "Artículo 234.- Créase en el programa 001 "Administración General", el Instituto Nacional de la Familia y de la Mujer, que tendrá como cometidos:

A) Promover, planificar, diseñar, formular, ejecutar y evaluar las
   políticas nacionales relativas a la mujer y a la familia.

B) Coordinar y coejecutar con los organismos estatales dichas políticas, a
   través de la articulación de acciones y de la capacitación de los
   recursos humanos, necesarias para la consecución de sus cometidos.

C) Asesorar a los organismos estatales, sobre los temas de la mujer y la
   familia, tanto a nivel nacional como departamental.

D) Coordinar y supervisar las actividades de sus dependencias.

E) Realizar convenios internacionales de cooperación técnica y financiera
   de los cuales el país forma parte". 

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