MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
La Contaduría General de la Nación habilitará las partidas necesarias para que la compensación máxima al grado establecida en el artículo 26 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, sea del 100%, (cien por ciento), del porcentaje máximo de cada uno de los grados de la escala prevista en el citado artículo.Ayuda