Fecha de Publicación: 06/11/1991
Página: 320-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 340

   Agrégase al artículo 93 de la Ley Nº 16.134, de 24 de setiembre de 1990, el siguiente numeral:
  
     "6) Los escritos presentados con la firma de los letrados 
         dependientes de las asesorías de las Defensorías de Oficio y de 
         los letrados de los Consultorios Jurídicos que, con fines 
         docentes, funcionen en la Universidad de la República o 
         universidades privadas". 
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