Fecha de Publicación: 06/11/1991
Página: 320-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 289

  La designación y cese de quienes cumplirán funciones de Subinspector
General del Trabajo y de la Seguridad Social y del Director Nacional de
Coordinación en el Interior -al vacar ambos cargos- se realizará por el
Poder Ejecutivo. La designación deberá recaer entre los funcionarios de
los escalafones A y D del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

  Los funcionarios designados conservarán su cargo presupuestal y todos
los derechos inherentes al mismo, incluido el ascenso. 
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