MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Fíjase en un 15%, (quince por ciento), sobre el sueldo básico, el porcentaje que percibirán los funcionarios Técnicos Médicos que ocupen cargos dentro del escalafón "A" del programa 002, "Prestación Integral de Servicios de Salud", por concepto de compensación a la asiduidad creada por el artículo 78 de la Ley Nº 16.002, de 25 de noviembre de 1988.Ayuda