Fecha de Publicación: 06/11/1991
Página: 320-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 239

   Declárase que la coordinación, administración y ejecución de los
proyectos de desarrollo de ciencia y tecnología, resultante de contratos
de préstamo celebrados por el Poder Ejecutivo con el Banco Interamericano
de Desarrollo (BID), u otros organismos multinacionales de cooperación y
financiamiento, así como todas las acciones necesarias al efecto en el
ámbito de la Administración Central, con exclusión del PEDECIBA, a los
fines declarados, que son de competencia del Ministerio de Educación y
Cultura, programa 004, "Fomento de la Investigación Técnico-Científica",
a través del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas.
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