Fecha de Publicación: 06/11/1991
Página: 320-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 161

   La Dirección General del Catastro Nacional y Administración de
Inmuebles del Estado, de acuerdo con las necesidades del servicio, podrá
conceder becas de trabajo para estudiantes de las carreras universitarias
de arquitectura y agrimensura que realicen la práctica de conformidad con
las respectivas disposiciones curriculares de los correspondientes centros
docentes, así como de egresados del Consejo de Educación Técnico-
Profesional. A estos efectos, deberán tenerse en cuenta las mejores
calificaciones.

  Autorízase a la referida Dirección a utilizar con estos fines N$
20.000.000, (nuevos pesos veinte millones), de los recursos
extrapresupuestales que posee, en especial los establecidos en los
artículos 256, 257 y 258 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986.

  El Poder Ejecutivo reglamentará la presente disposición.
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