Fecha de Publicación: 06/11/1991
Página: 320-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 132

   Increméntase en N$ 20.000.000, (nuevos pesos veinte millones), la
partida creada por el artículo 184 de la Ley Nº 16.170, de 28 de 
diciembre de 1990, para el programa 007, "Recaudación de Renta Aduanera y Contralor del Tránsito Aduanero de Bienes", para atender las 
retribuciones que se otorguen por las pasantías que cumplan los alumnos del Consejo de Educación Técnico-Profesional, de acuerdo con los términos del Convenio que deberá suscribir, a tales efectos, la Dirección Nacional de Aduanas con dicho Consejo.
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