Créase para el ejercicio 1992 una partida de N$ 1.850.000.000,
(nuevos pesos un mil ochocientos cincuenta millones), para la Dirección
Nacional de Aduanas, programa 007, "Recaudación de Renta Aduanera y
Contralor del Tránsito Aduanero de Bienes", destinada a la prevención y
represión de las infracciones aduaneras y de la evasión fiscal. Con cargo
a dichas partidas, que administrará la Dirección Nacional de Aduanas,
sólo podrá girarse para:
A) Adquirir bienes materiales necesarios para cumplir sus cometidos.
B) Atender gastos extraordinarios de funcionamiento e inversiones y,
en participar, solventar traslados, estadías y gastos de
manutención del personal afectado a la represión de la evasión
fiscal.
La Dirección Nacional de Aduanas presentará a la Contaduría General de
la Nación la apertura en proyectos, rubros, subrubros, renglones y
derivados, según corresponda, de la partida referida.