MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Extiéndese hasta el 30 de junio de 1992, el plazo dispuesto por el artículo 206 de la Ley Nº 16.170 de 28 de diciembre de 1990. La reestructura a que alude dicho artículo no implicará costo presupuestal ni de caja, excepto por los créditos presupuestales correspondientes a la totalidad de las vacantes generadas a partir del 1º de enero de 1990.Ayuda