Fecha de Publicación: 10/01/1991
Página: 28-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 24/01/1991.

Artículo 698

   El producto líquido de la acuñación de monedas de oro "Gaucho", se
destinará a financiar inversiones de la Administración Nacional de
Educación Pública.
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