Fecha de Publicación: 10/01/1991
Página: 28-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 24/01/1991.

Artículo 573

   Inclúyese entre las dependencias públicas mencionadas en el literal a)
del artículo 4º de la Ley N° 16.127, de 7 de agosto de 1990, el Area de la
Salud del Banco de Previsión Social.
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