El Instituto Nacional del Menor (INAME) podrá disponer las
modificaciones necesarias para racionalizar las estructuras de cargos y
funciones contratadas, adecuándolas a los objetivos de cada programa, de
acuerdo a lo siguiente:
A) La racionalización y regularización deberán respetar los derechos
adquiridos por los funcionarios y las reglas del ascenso.
B) Se requerirá el asesoramiento de la Oficina Nacional del Servicio
Civil y de la Contaduría General de la Nación.
C) Para el cumplimiento de esta restructura no podrá incrementarse el
crédito presupuestal del rubro 0.
D) La racionalización deberá ser aprobada antes del 30 de junio de
1991 y tendrá vigencia a partir del 1º de julio de 1991.