Fecha de Publicación: 10/01/1991
Página: 28-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 24/01/1991.

Artículo 527

   Agrégase al artículo 4° de la Ley Nº 16.127, de 7 de agosto de 1990, el siguiente inciso:

   "n) Las designaciones de personal en cargos de la Universidad de la
       República que requieren renovación permanente de conocimientos
       técnicos".
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