CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 24/01/1991.
Agrégase al artículo 4° de la Ley Nº 16.127, de 7 de agosto de 1990, el siguiente inciso: "n) Las designaciones de personal en cargos de la Universidad de la República que requieren renovación permanente de conocimientos técnicos".Ayuda