CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 24/01/1991.
Autorízase el pasaje de grado en la escala vigente del artículo 50 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, de 169 C 6 Administrativo VII, a C 8 Administrativo VII. La Contaduría General de la Nación habilitará el crédito correspondiente. INCISO 19 TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOAyuda