Los funcionarios contratados con una antigüedad mayor de dos años al
1º de enero de 1991, que se encontraren prestando servicios en el Poder
Judicial en los escalafones Administrativo y Auxiliar, serán
presupuestados en el último grado del escalafón respectivo, habilitándose
los cargos necesarios, y suprimiéndose la partida de contrataciones
correspondiente. En caso que el cargo contratado tuviere un grado mayor,
el titular del mismo podrá optar por mantener la situación de contratado.