Fecha de Publicación: 10/01/1991
Página: 28-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 24/01/1991.

Artículo 42

   Inclúyense en el escalafón D Especializado, aquellos cargos
presupuestados y funciones contratadas cuyos titulares desempeñen
directamente tareas en la atención de las centrales telefónicas de las
unidades ejecutoras. Las referidas transformaciones no podrán implicar
aumento del crédito presupuestal.   
 
                              CAPITULO III

                 CONTROL DE INGRESO A LA ADMINISTRACION
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