CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 24/01/1991.
Las estructuras de cargos y funciones y los créditos respectivos, que figuran en los anexos de la presente ley, deberán ajustarse con las modificaciones producidas con posterioridad al 30 de julio de 1990, realizadas con sujeción a las normas legales habilitantes.Ayuda