Fecha de Publicación: 10/01/1991
Página: 28-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 24/01/1991.

Artículo 399

   Declárase de utilidad pública la expropiación parcial del inmueble
empadronado con el Nº 4308 de la Tercera Sección Judicial del
departamento de Montevideo. El Poder Ejecutivo determinará el área
concreta y su deslinde al formular los trámites expropiatorios.
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