CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 24/01/1991.
El aporte patronal correspondiente al complemento de retribuciones que perciben los funcionarios de la unidad ejecutora 022, "Dirección Nacional de Correos", según lo dispuesto por el artículo 232, de la Ley N° 15.903, de 10 de noviembre de 1987, no se imputará al porcentaje previsto en la referida norma.Ayuda