Fecha de Publicación: 10/01/1991
Página: 28-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 24/01/1991.

Artículo 360

   Dispónese que la unidad ejecutora 019, "Fiscalía de Corte y
Procuraduría General de la Nación", determine provisoriamente y de
inmediato, los nuevos turnos de las Fiscalías Letradas de Aduana y las de
Menores y el régimen de redistribución de expedientes en trámite, todo sin
perjuicio de la homologación por el Poder Ejecutivo.
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