Fecha de Publicación: 10/01/1991
Página: 28-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 24/01/1991.

Artículo 297

    Los funcionarios del subprograma 002, "Inventario Minero", del
programa 007, "Dirección y Ejecución de los Trabajos de Investigación
Geológica", unidad ejecutora 011, "Dirección Nacional de Minería y
Geología", y sus respectivas funciones contratadas y créditos, serán
incorporados al programa 104, "Administración de la Investigación y
Contralor Geológico y Minero", unidad ejecutora 011, "Dirección Nacional
de Minería y Geología".

    En el proyecto de inversión con que se atendían las remuneraciones
respectivas, se disminuirán dichos importes y los que correspondan a
funciones vacantes.
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