Fecha de Publicación: 10/01/1991
Página: 28-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 24/01/1991.

Artículo 155

   Incorpórase al personal médico y paramédico del programa 013
"Dirección Nacional de Sanidad Policial", al régimen de acumulación de
cargos establecido en el artículo 107 del Decreto-Ley N° 14.985, de 28 de
diciembre de 1979.
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