Fecha de Publicación: 20/11/1989
Página: 260-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Artículo 4

   (Concepto de rehabilitación).- Rehabilitación integral es el proceso
total, caracterizado por la aplicación coordinada de un conjunto de
medidas médicas, sociales, educativas y laborales, para adaptar o
readaptar al individuo, y que tiene por objeto lograr el más alto nivel
posible de capacitación y de integración social de los discapacitados,
así como también las acciones que tiendan a eliminar las desventajas del
medio en que se desenvuelven para el desarrollo de dicha capacidad.
Se entiende por rehabilitación profesional la parte del proceso de
rehabilitación integral en que se suministran los medios, especialmente
orientación profesional, formación profesional y colocación selectiva,
para que los discapacitados puedan obtener y conservar un empleo
adecuado.

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