Fecha de Publicación: 20/11/1989
Página: 260-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Artículo 25

   La Comisión Nacional Honoraria del Discapacitado con el apoyo de los
Ministerios de Educación y Cultura, Salud Pública y la Universidad de la
República, auspiciará la investigación científica sobre prevención,
diagnóstico y tratamiento médico de las distintas formas de discapacidad
física o mental.
Se investigarán igualmente los factores sociales que facultan o agravan
una discapacidad, para prevenirlos y poder programar las acciones
necesarias para disminuirlos o eliminarlos.
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