Fecha de Publicación: 01/11/1989
Página: 112-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 5

   (Principio general). Regirán para las sociedades comerciales, las
normas y los principios generales en materia de contratos en cuanto no se
modifiquen por esta ley. 
                                

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