Fecha de Publicación: 01/11/1989
Página: 112-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 407

   (Responsabilidad solidaria con los integrantes del órgano de
administración). Los síndicos y los integrantes de la comisión fiscal, en
su caso serán responsables solidariamente con el administrador o
directores por los hechos u omisiones de éstos, cuando el daño no se
hubiera producido si hubieran actuado de conformidad con las obligaciones
de su cargo.
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