(Inventario, balance inicial e información periódica). Los
liquidadores confeccionarán dentro de los treinta días de asumido el
cargo, un inventario y balance del patrimonio social. Ese plazo podrá extenderse hasta ciento veinte días por resolución de la mayoría social o
de la asamblea de accionistas, según los casos.
Además, informarán trimestralmente sobre el estado de la liquidación.
Si ésta se prolongara, se confeccionarán balances anuales.
Las copias del inventario, balance e informes quedarán depositadas en
la sede social, a disposición de los socios o accionistas.