MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
(Declaración judicial). Producida alguna de las causas de disolución y si los socios, de común acuerdo, no procedieran a hacerla efectiva, cualquiera de ellos o los terceros interesados, podrán solicitar la declaración judicial de disolución. El acuerdo o la sentencia declarativa se inscribirá en el Registro Público de Comercio.Ayuda