Fecha de Publicación: 01/11/1989
Página: 112-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 137

   (Publicación). Un extracto de la resolución o del compromiso de
escisión se publicará en el plazo, con las prevenciones y en las
condiciones establecidas en el artículo 126.
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