MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
(Representatividad). Cumplidos los trámites previos que se establecen en las Sub-Secciones siguientes, los representantes de las sociedades participantes o de la sociedad que se escinde suscribirán el contrato de fusión o el acto de escisión. Si se crearan sociedades anónimas, las sociedades contratantes o la escindida se reputarán como fundadoras.Ayuda