Fecha de Publicación: 13/12/1988
Página: 532-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 77

   Facúltase a la Comisión Honoraria de Lucha contra la Hidatidosis, a
fijar el precio de la patente anual por tenencia de perros, estableciendo
un monto diferencial entre el valor de la patente expedida por la 
Comisión Honoraria y el precio de venta al público, y a autorizar que la venta de dichas patentes se realice por intermedio de la Policía, farmacias, veterinarias u otras instituciones afines.
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