Fíjase una partida de N$ 56:000.000 (nuevos pesos cincuenta y seis
millones) en el Rubro 0, para abonar una compensación adicional mensual
que no excederá del 20% (veinte por ciento) de las retribuciones
respectivas, para el personal del Instituto Nacional del Menor que
realice tareas de asistencia directa al menor, excepto los funcionarios
de los escalafones A y B en los servicios de alto riesgo, discapacitados, centros de observación y establecimientos con medidas de seguridad.